La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobó una ley basada en un proyecto de la presidenta de la Comisión de Defensa de los Consumidores y Usuarios, Ivana Centanaro, y del vicepresidente Gerardo Ingaramo, por el cual se modifica la Ley 757 y se faculta al Poder Ejecutivo para implementar el «Daño Directo» cuando los derechos de los consumidores se vean afectados.
 
A principios de año, el 12 de marzo de 2008, el Congreso Nacional aprobó una importante reforma de la Ley Nacional de Defensa del Consumidor (Nº 24.240) por la cual implementa, entre otras cosas, el resarcimiento económico directo de la empresa hacia el consumidor vulnerado en sus derechos. La compensación debe dictarla la autoridad local de aplicación de la norma.
 
Por ese motivo, esta modificación de la Ley 757 de la Ciudad (Procedimiento Administrativo para la Defensa de los Derechos del Consumidor y del Usuario) aprobada por la Legislatura permitirá que los porteños puedan solicitar el «Daño Directo» por un monto máximo de «5 canastas básicas total para el hogar 3 que publica el Instituto Nacional de Estadística y Censos de la República Argentina», tal como ordena la reforma de la ley nacional 24.240.
 
Además, la reforma de la norma contempla un aumento en las multas a las empresas que no se presenten a la conciliación que lleva adelante la Dirección de Defensa de los Consumidores del Gobierno de la Ciudad. Anteriormente, la infracción que las empresas debían abonar iba de $50 a $5.000. La iniciativa de Centanaro aumenta el monto de 100 a 10.000 unidades fijas.
 
Otra modificación establece que el monto de las multas abonado por las empresas que vulneren los derechos de los consumidores, tendrá como destino final un fondo que será utilizado para educación de los porteños en materia de defensa de sus derechos.
 
«Hasta ahora los consumidores no recibían ninguna compensación económica por el tiempo perdido y los daños que sufrían a partir del incumpliendo de las empresas. Ahora la Ciudad tiene la potestad para exigirle a una empresa que pague por los daños que provocó en un consumidor por no respetar sus derechos. Esta modificación es en consonancia con la implementada por el Gobierno Nacional que se aprobó a principios de año», afirmó la presidenta de la Comisión de Defensa de los Consumidores y Usuarios de la Legislatura, Ivana Centanaro.
 
«La modificación de la Ley de 757 nos permitirá llevar adelante cambios sustanciales en la defensa de los derechos de los consumidores porteños», finalizó.
 
Por otra parte, el vicepresidente de la Comisión de Defensa de los Consumidores y Usuarios, Gerardo Ingaramo, opinó: «Las modificaciones que el proyecto de ley introduce tienden a brindar mayor transparencia, celeridad y un beneficio directo para aquellos consumidores y usuarios que han sido afectados por algún incumplimiento».
«Por otra parte, es importante que esta ley introduce una reglamentación concreta siendo la Ciudad de Buenos Aires la primera jurisdicción que lo hace, del denominado Daño Directo establecido por la última reforma de la ley 24.240», concluyó.