La Universidad de Buenos Aires informó que aquellas personas que hayan estado o permanecido en tránsito en Alemania, China, Corea, España, Estados Unidos de América, Francia, Irán, Italia, Japón o los países que indique el Ministerio de Salud en el futuro, deberán abstenerse de ingresar a jurisdicción de la Universidad de Buenos Aires hasta transcurridos quince días desde su arribo a la República Argentina, aunque no presenten síntomas de estar afectados por COVID-19.
La decisión se tomó teniendo en cuenta las recomendaciones del Ministerio de Salud de la Nación respecto al Coronavirus COVID-19 y las opiniones formuladas por la Comisión Asesora sobre Temas de Prevención y Trasmisión de Enfermedades Infecto Contagiosas dependiente del Rectorado.
De la medida quedan exceptuados las y los pacientes que concurran a los hospitales dependientes de esta Universidad.
La UBA también recomendó a las mencionadas personas que permanezcan en situación de resguardo y aislamiento, evitando el contacto social por quince días contados a partir de la fecha de su arribo a la República Argentina.
La Universidad adhiere de esta manera a la resolución 2020-178-APN-MT del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. En consecuencia, el personal docente y no-docente comprendidos por la Resolución 270/2020 tendrán una licencia excepcional, la que no afectará la normal percepción de las remuneraciones normales y habituales, como así tampoco de los adicionales que por ley o Convenio les correspondiere percibir, y no se computará a los fines de considerar toda otra licencia prevista normativamente o por Convenio y que pudieran corresponder al uso y goce del trabajador.
No se computarán las inasistencias de las y los estudiantes y becarios afectados.
Felicitaciones por Coronavirus: Las personas que estuvieron en países con riesgo no deberán concurrir a la
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