La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) empadronará como monotributistas a los cartoneros en dos categorías, obteniendo de esta manera beneficios sociales y jubilación.
En tanto, los recicladores (los establecimientos que efectúan la transformación de la basura en materia prima), los acopiadores (que clasifican y compactan el material haciendo de intermediario entre galponeros o cartoneros y los recicladores), galponeros ( quienes clasifican los materiales), y generadores de scrap (establecimiento industriales o comerciales que comercializan los materiales a reciclar) deberán incorporarse a un Registro Fiscal de Comercializadores de Materiales a Reciclar, terminando de esta manera con el trabajo de los recicladores urbanos informal y la falta de control sobre las diferentes instancias del proceso de reciclado.
Además, se establecerá un mecanismo de retenciones a cuenta del impuesto a las ganancias y al IVA, en todas las compraventas que se realizan en la cadena de valor vinculada con el reciclaje de la basura. Las alícuotas serán crecientes cuando el sujeto retenido no se encuentre inscripto en el Registro.
En el comunicado, la AFIP expresó que el proceso se realizará a través de las siguientes normas:
· Quien realice la primera compra de material a reciclar a los cartoneros deberá emitir un documento que reemplazará la factura de venta. En ella tendrá que detallar las características de la operación e identificar al vendedor. Además, deberá informar a la AFIP la nómina de los recolectores involucrados.
· Cuando adquieran el material de los cartoneros, los recicladores tendrán dos opciones: hacerse cargo del pago del monotributo de aquellos o efectuar un pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias por cada venta del producto reciclado.
· Quedarán eximidos de esta operatoria los monotributistas que se encuentren incorporados a cooperativas de trabajo o que operen mediante entidades intermedias o entes colectivos (asociaciones, federaciones, etc). En este caso la cooperativa o ente colectivo fracturará las ventas siguiendo las disposiciones del régimen general y se hará cargo del monotributo de sus integrantes, quedando eximido de esta obligación el reciclador.
La AFIP expresó al anunciar la medida que “estas medidas no sólo dignifican la situación personal y laboral de los trabajadores cartoneros, sino que también resuelve el problema de industrias recicladoras que no pueden deducir como gastos, en su balance impositivo, la compra de insumos, o tomar crédito fiscal en el IVA de dichas adquisiciones, ya que la mercadería en cuestión proviene de sectores de la economía informal”.